Jue. 19 Diciembre 2024 Actualizado Sábado, 14. Diciembre 2024 - 10:42

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La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia emitió sentencia sobre el contencioso electoral del 28 de julio (Foto: Tribunal Supremo de Justicia)

El TSJ dirime la controversia electoral: ¿y ahora qué?

El 31 de julio, tres días después de celebrarse los comicios, el presidente Nicolás Maduro acudió a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para interponer un recurso contencioso electoral que "permitiese cotejar todos los elementos de prueba y certifique, haciendo un peritaje de altísimo nivel técnico, los resultados de las elecciones del 28 de julio de 2024".

Tras 23 días de investigaciones, durante los cuales la Sala Electoral convocó a los candidatos presidenciales, a los responsables de los partidos políticos que participaron en los sufragios, a los rectores del Poder Electoral, y luego de realizar un peritaje exhaustivo de los materiales solicitados al CNE, el máximo órgano en materia de jurisdicción electoral se pronunció convalidando los resultados ofrecidos por el Poder Electoral en los dos boletines posteriores al cierre de las mesas el 28 de julio.

"Certifica de forma inobjetable el material electoral peritado y convalida esta sala los resultados de los comicios presidenciales del 28 de julio del 2024 emitidos por el CNE, en los que resultó elegido el ciudadano Nicolás Maduro Moros como presidente de la República Bolivariana de Venezuela para el periodo constitucional 2025-2031, así se decide", indicó la magistrada y presidenta de la máxima instancia judicial del país.

La sentencia reafirma la competencia de la Sala Electoral del TSJ para dirimir los contenciosos electorales de conformidad a lo establecido en la Constitución venezolana y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, al señalar que le compete "a este órgano el control judicial de las actuaciones u omisiones de los agentes que intervinieron en el referido hecho electoral, y ante la solicitud de tutela judicial sobre el derecho al sufragio de todas las electoras y electores de la República, valga decir en salvaguarda de la soberanía popular puesto que se pidió verificar cuál ha sido la voluntad del electorado".

También corroboró el ataque cibernético masivo contra el Consejo Nacional Electoral, "lo que resultó en una evidente transgresión al Poder Electoral", e informó sobre el envío de una copia certificada a la Fiscalía General de la República de la sentencia para que sea usada como evidencia en las investigaciones que viene realizando el Ministerio Público con vistas a determinar responsabilidad en los distintos delitos que presumiblemente se cometieron y que incluyen la presentación de documentos con amplios indicios de falsificación y manipulación cargados en una página web no oficial. 

Quedaron registradas en el dictamen del tribunal las ausencias de Edmundo González Urrutia y del rector del CNE, Juan Carlos Delpino, quien no justificó su inasistencia. En el caso del excandidato presidencial se hizo referencia al desacato e irrespeto a la autoridad judicial así como "su renuencia a ceñirse al orden constitucional, conducta que acarrea las sanciones previstas en el ordenamiento jurídico vigente". Se destaca también la no presentación de material electoral de algunos candidatos (Antonio Ecarri y Enrique Márquez), así como de los partidos políticos que apoyaron a González Urrutia.

El fallo se realiza ajustado a derecho y tomando como elementos de convicción las pruebas presentadas por las partes involucradas en el contencioso electoral, así como el informe de peritaje "realizado con expertos nacionales e internacionales altamente calificados". El peritaje determinó que los boletines del CNE están respaldados con las actas y mesas de votación.

La magistrada comentó algunos ejemplos recientes tanto de América Latina (México y Brasil) como de Estados Unidos, donde los máximos órganos jurisdiccionales en materia electoral sentenciaron de manera inequívoca sobre controversias ocurridas durante los comicios presidenciales, "garantizando por esta vía la paz social".

La sentencia solicita al CNE la publicación de los resultados de la jornada del 28 de julio en la Gaceta Oficial, dentro del margen de treinta días establecidos en la Ley Orgánica de Procesos Electorales, dando por concluido con este acto formal todo el proceso comicial que inició el pasado 5 de marzo de 2024 con la convocatoria a elecciones presidenciales.

¿Y ahora qué?

A casi un mes de los sufragios presidenciales, la sentencia del TSJ constituye un punto de cierre institucional de la controversia postelectoral que estaba planteada luego del 28 de julio.

Con las particularidades jurídicas propias del orden constitucional venezolano, la actuación del TSJ a lo largo de las últimas tres semanas, que ha incluido audiencias con actores políticos e institucionales, recepción de material electoral y un peritaje técnico sobre el mismo, está en línea con los procedimientos judiciales ordinarios que han tenido lugar en la región latinoamericana recientemente a la hora de dirimir controversias de esta clase, sea en Brasil, Paraguay o, hace pocos meses, México.

Sobre tal tema en específico, esta tribuna de análisis ha publicado dos trabajos (aquí y aquí) que otorgan una perspectiva regional al contencioso electoral en el máximo tribunal venezolano, y en ellos se destaca de diversas formas que dicho recurso es más una regla que un evento excepcional.

A partir de ahora, es previsible un aumento del ruido informativo y la consolidación de posturas hostiles contra el país desde la "comunidad internacional" asociada al diagrama de influencia de Washington y Bruselas, en pleno escenario de mengua geopolítica, e infinitamente más angustiada por el devenir de Gaza o Ucrania que por la sentencia del TSJ.

La primera reacción desde este frente provino de la Misión de Determinación de los Hechos de Venezuela, instancia configurada dentro de los laberintos burocráticos de la ONU por el extinto Grupo de Lima, que ha quedado en el paisaje como una especie de ruina arqueológica de la etapa de "máxima presión" contra Venezuela.

La falta de factor sorpresa en la primera respuesta a la sentencia es indicativo de que el tablero de presiones contra el país sigue manejándose en su marco habitual, con niveles de impacto que en otros contextos de desestabilización y desconocimiento del Estado venezolano se han comprobado limitados.

Una nota publicada por Reuters a raíz de la decisión judicial podría ser sintomática de que las condiciones internacionales no son del todo favorables para la agenda golpista: "La disputada contienda se desvanece de los titulares internacionales", indicó la agencia británica.

Sin un envión de fuerza desde los medios, y sin un panorama de conflicto planteado con intensidad desde las calles que fracture materialmente la normalidad social y económica que ha caracterizado todo el mes de agosto, arriesgar demasiado desde el frente externo podría ser contraproducente.

En la misma nota en cuestión, Reuters asegura que Washington tiene preparado un paquete de sanciones ilegales individualizadas contra funcionarios venezolanos para responder a la decisión del TSJ. Desde Bruselas se puede proyectar un movimiento similar, previsiblemente secundado por países latinoamericanos que, desde el día uno, desconocieron los resultados, a la espera de las próximas instrucciones de los centros de poder a los cuales responden.

Ahora bien, el contexto internacional —por los momentos— es mucho más desfavorable para la operación de cambio de régimen que cuando el interinato fake de Guaidó en 2019. Esta vez no existe sobre la mesa un precepto constitucional que pueda ser alterado o estirado lo suficiente como para reeditar dicha aventura política y geopolítica.

Por el lado energético, son demasiados los riesgos a asumir.

Ir por una escalada de sanciones petroleras enfrentará intereses y lobbies de grandes empresas energéticas que vienen invirtiendo de forma sustancial en proyectos con la estatal PDVSA. A meses de los comicios en Estados Unidos, inducir perturbación en el mercado energético internacional desestabilizando las exportaciones de crudo venezolano implicaría un error no forzado en términos electorales para una fórmula Harris-Walz que propugna la "estabilidad y el futuro" frente al "caos y el pasado" de Trump como principal estrategia de campaña.

La advertencia del presidente Maduro de transferir los desarrollos petroleros en Venezuela a los países Brics se la han tomando en serio en las oficinas corporativas de las principales empresas occidentales involucradas en Venezuela. 

En tal escenario quedaría poco margen de maniobra para algo más que la dureza retórica, las sanciones individuales y la presión diplomática para desconocer a Maduro, elementos que no afectarían del todo la línea de flotación de una economía con signos de recuperación y una estabilidad política e institucional transformada en consenso compartido por actores sociales y económicos.

En lo internacional, también quedará ver el movimiento de Lula y Petro. Independientemente de cómo enfoquen la sentencia, no cambiaría demasiado el cuadro general si insisten en postergar el reconocimiento oficial de Maduro, ganando tiempo mediante propuestas e iniciativas que siguen quedando en el aire.

La incógnita más urgente en este momento es si, ante la conclusión institucional de la controversia, los recursos extrapolíticos (criminales, magnicidas y mercenarios) habituales en este tipo de escenarios reaparecen, y con qué intensidad y procedimiento.

María Corina Machado es la figura (anti)política que con mayor fidelidad ha expresado el zeitgeist de la intervención, la violencia y el exterminio del chavismo como planteamiento práctico del quehacer de la extrema derecha.

Las circunstancias del momento, el cuadro nacional, internacional y energético, no favorecen a María Corina Machado y su programa golpista, lo que podría incentivar la apuesta por una maniobra de fuerza —de carácter terrorista— como única forma de retomar la ofensiva y evadir así un escenario de imputación, mediante la Fiscalía General de la República, por delitos cometidos durante y después del proceso electoral.

En definitiva, el curso de los acontecimientos lleva a la conclusión lógica de un nuevo espacio de diálogo que normalice la situación política nacional y fortalezca la gobernabilidad, de cara a las próximas citas electorales, con las legislativas y de gobernaciones prácticamente a la vuelta de la esquina.

Aquí la sentencia del TSJ también juega un rol fundamental, en tanto corroboró que factores políticos como Manuel Rosales, José Cartaya y José Simón Calzadilla, miembros de la Plataforma Unitaria Democrática y a cargo de la postulación de Edmundo González, no guardan relación con el manejo de actas, el eje central de la controversia postelectoral.

En el carro hacia el abismo de María Corina Machado no todos compraron el boleto solo de ida, ni nacional ni internacionalmente.

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